Lo que debe saber para hacer una asamblea de copropietarios
Llegó la época de aprobar el presupuesto anual y de fijar las cuotas de administración en los edificios y conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal.
Esto se suma la presentación de informes por parte del administrador, del consejo y del revisor fiscal, lo mismo que la elección de los representantes de estos órganos de control. Incluso, es el momento indicado para impulsar el comité de convivencia (en inmuebles destinados a vivienda).
Sobre este y otros temas, la abogada y directora de www.inmobiliarioaldia.com, Nora Pabón, responde las preguntas más recurrentes.
¿Quién elige al administrador?
La asamblea, cuando no existe consejo de administración.
¿Una persona que no asiste a la asamblea, pero envía poder, puede elegirse para el consejo?
Sí. No asistir no le quita el derecho a ser elegida como miembro del consejo de administración o del comité de convivencia.
¿Cuántos poderes puede llevar una persona?
Si el reglamento no limita la cantidad, una persona puede representar a un número indeterminado de propietarios. Vale recordar que no se deben firmar poderes en blanco o sin llenar, como se acostumbra en varios edificios.
¿Un arrendatario puede ser apoderado?
La ley no lo prohíbe. Salvo que el reglamento haga alguna restricción al respecto, este sí puede representar al propietario.
¿Quién verifica el acta?
La asamblea puede nombrar unas personas para que verifiquen la redacción del acta. Si no lo establece el reglamento se puede prescindir de este paso.
¿Se puede multar a quienes no asistan?
Las sanciones deben estar previstas en el reglamento de propiedad horizontal, así como las conductas que den lugar a las mismas. Si el reglamento lo establece considero que sí se puede aplicar esta sanción.
¿Una cartelera puede remplazar la comunicación escrita?
Aunque la cartelera es un medio adicional y complementario, no suple la comunicación que por ley se debe enviar a cada propietario. La omisión en tal sentido puede dar viciar las decisiones y por tanto a la impugnación de las mismas.
RECOMENDACIONES PARA HACER UNA BUENA ASAMBLEA
- Establezca previamente en los reglamentos internos o manuales de convivencia, reglas claras sobre contenido y entrega de los poderes, requisitos de informes, propuestas, tiempo para el uso de la palabra y forma de votar cuando el voto sea unitario (caso de vivienda).
- El lugar y la hora de la reunión debe ser el que establezca el reglamento. Si no lo dispone, hay que prever un sitio adecuado; además, es importante que haya suficientes sillas y que la asamblea comience, por lo menos, a los 30 minutos de la hora prevista.
- El presidente de la asamblea debe ser una persona que tenga condiciones especiales y que goce del respeto de los vecinos. No debe ser moroso, ni haber sido sancionado y debe tener liderazgo y autoridad.
- Recordar mediante carteleras y aún acudiendo a los vigilantes la fecha y hora de la asamblea.
- Incluso en muchos lugares se atiende a los asistentes como invitados, brindándoles refrigerio
- Los miembros de consejo deben ser postulados previamente para que las personas los conozcan y tomen la mejor decisión.
GABRIEL E. FLÓREZ G.
COORDINADOR EDITORIAL VIVIENDA
PORTAFOLIO – FINANZAS.